AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2016-O

Fecha: 23-May-2016

Fragmento 10

El denunciante sostiene que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, formuló la Sentencia 79/2016 de 15 de marzo, en cumplimiento a un recurso de queja que planteó anteriormente; no obstante, continuaron incurriendo en una apreciación inequitativa respecto a la valoración de las pruebas presentadas por el ahora impetrante, incumpliendo lo dispuesto por el Tribunal de garantías en el Auto 85/2016 de 25 de febrero y por la SCP 1673/2014 de 29 de agosto, omitieron fundamentar y valorar respecto al rechazo de los actos denunciados por el SIN que el Ministerio Público rechazó, además que no existió fundamentación de las razones por las que el órgano jurisdiccional le dio la razón al órgano administrativo y por qué no son válidos los argumentos del accionante y cual el sustento de tal conclusión; tampoco se aclararon los motivos por los que el rechazo fiscal, tuviera menor valor probatorio que los antecedentes del proceso administrativo.