SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público contra la familia Chávez Limpias que se sustancia ante el Juzgado Primero Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz por la supuesta comisión de los delitos de contratos lesivos al Estado y otros, el Juez dispuso se proceda a la notificación del Ministerio de Gobierno en su domicilio real en La Paz mediante exhorto suplicatorio, con el señalamiento de audiencia de modificación de medidas cautelares para el 3 de febrero de 2016 a horas 10:00.
El 29 de enero de igual año se presentó el respectivo exhorto suplicatorio para su diligenciamiento y ejecución, habiendo sido sorteado al Juzgado Décimo Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, el 1 de febrero de 2016, su abogado se apersonó al indicado Juzgado para procurar la notificación respectiva del exhorto pero le informaron que la Jueza se encontraba de vacaciones desde ese día motivo por el que no se había providenciado el exhorto encontrándose en suplencia legal su similar Primero; empero, hasta la presentación de la acción tutelar no se pronunció ningún decreto para su oportuno cumplimiento y ejecución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- El debido proceso es un instrumento jurídico que cumple la misión de garantizar que el proceso judicial o administrativo, se desenvuelva dentro de los parámetros normativos, velando la integridad del valor de la justicia y asegurando el cumplimiento de los derechos y garantías que le asisten a las partes
- 'ama qhilla', palabra quechua que traducida al español significa 'no seas flojo'
- III.3. Análisis del caso concreto
- y las autoridades requeridas deberán tramitar sin demora las diligencias legalmente transmitidas bajo pena de ser sancionadas conforme a ley
- Jueza Décimo Cuarta de Instrucción en lo Penal
- REVOCAR