SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2016-S1

Fecha: 04-May-2016

II.5.

II.5.    El 28 de enero de 2015, la demandante de tutela mediante memorial dirigido a la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando, denunció despido injustificado, solicitando su inmediata reincorporación y pago de sueldos, argumentando que desempeñó el cargo de Auxiliar de Fiscalización en el SEDCAM de Pando, desde el 15 de julio de 2010 hasta el 5 de agosto de 2013, momento en que renunció, sin que hasta la fecha de presentación de su solicitud se le hubieran cancelado sus beneficios sociales. Asimismo, acusó que suscribió un contrato laboral con la misma entidad el 22 de abril de 2014, sin haberse consignado en ninguna cláusula la palabra “eventual”; y, que por memorándum de igual data, fue designada como Ayudante de Operador; por lo que, ambos instrumentos legales establecieron su relación laboral con la entidad y no obstante al término fijado en el contrato, desempeñó tareas propias y permanentes del SEDCAM de Pando; por lo que, se consideró despedida injustificadamente a través del memorándum         MEMO A. RR.HH. B.S. 29/2014 de 26 de diciembre (fs. 31 a 32).