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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S2

    Fecha: 13-May-2016

    II.2.

    II.2.    El formulario de notificación por cédula evidencia que, el Notificador del Departamento Jurídico y Cobranza Coactiva de la Gerencia GRACO La Paz del SIN, notificó a COTEL Ltda., con los PIET 293300002014 y 293300002714, el 28 de abril de 2014, entregando la copia de los mismos a la Asistente de Gerencia de la mencionada Cooperativa, en presencia de testigo de actuación (fs. 238 a 239).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 22

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