SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

II.6.

II.6.    En obrados cursa Resolución del recurso de alzada ARIT-LPZ/RA 0489/2015 de 29 de mayo, por la que la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT La Paz, confirmó la RA 23-0235-2014, emitida por la Gerencia de GRACO La Paz del SIN, señalando “se mantiene la aprobación del formulario de declaración jurada rectificativa del IVA F-200 y se mantiene firme el rechazo de la declaración jurada rectificativa del formulario F-530 IUE beneficiarios del exterior, correspondiente al periodo fiscal noviembre 2012” (sic); asimismo, en virtud del art. 115 de la CPE y conforme estipula el art. 199 de la Ley 3092 de 7 de julio de 2005, precisó que una vez ejecutoriada la resolución del recurso de alzada, la misma será de cumplimiento obligatorio tanto para la administración tributaria y el recurrente; y, finalmente, ordenó remitir la copia de la determinación al registro público de la AGIT (fs. 19 a 29).