Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.7.
II.7. Por oficio presentado el 2 de junio de 2015, el Gerente GRACO La Paz a.i. del SIN ordenó al Banco FIE S.A., proceder a la retención de todos y cada uno de los pagos por cualquier concepto que deba realizar el contribuyente COTEL Ltda., hasta el monto de Bs1 098 563.- (un millón noventa y ocho mil quinientos sesenta y tres bolivianos), por concepto de inicio de ejecución de los títulos de ejecución tributaria, correspondiente a los PIET 293300002214 y 293300002714 (fs. 38 a 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22