Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.6.
II.6. El Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, en el ejercicio de las facultades conferidas por los arts. 38.17 de la LOEP, con relación al art. 192.II de la Ley del Régimen Electoral (LREP), en virtud al cómputo departamental y el acta de cómputo nacional de la elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales, realizada el 29 de marzo de 2015, otorgó en favor de Max Jhonny Fernández Saucedo, credencial de Concejal Titular del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el ejercicio de los derechos políticos
- y que también implica, una vez que se ejerce el cargo, el derecho a ejercer materialmente ese cargo, no sólo como derecho constitucional, sino como una realidad fáctica que satisfaga las necesidades económicas y laborales del ciudadano electo.
- Por lo tanto, el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública, y también el derecho al trabajo;
- III.2. Marco normativo del régimen electoral
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2° Ordenar