SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

III.2.    Marco normativo del régimen electoral

En cuanto a las atribuciones de los Tribunales Electorales Departamentales, cabe resaltar el art. 38.17 de la LOEP, cuyo tenor literal señala que los Tribunales Electorales Departamentales, tienen como atribuciones: “Registrar a las candidatas y candidatos, otorgar las credenciales de los que resulten electos, en los procesos electorales de alcance departamental, regional y municipal e inhabilitar a quienes no hayan cumplido con los requisitos establecidos en la presente Ley”.

En lo concerniente a la inscripción de candidatos, los arts. 105 y ss de la LRE, regulan dicho aspecto; así, las aludidas disposiciones normativas, respecto a la verificación de requisitos y causales de inelegibilidad para los cargos de gobierno, estableciendo en la primera parte del art. 105 de la LRE que: “El cumplimiento de requisitos y de causales de inelegibilidad establecidos en la Constitución y en la Ley para las candidaturas a cargos de gobierno y de representación política, serán verificados por el Órgano Electoral Plurinacional”.

Sobre la postulación de candidatos, el art. 106 de la misma norma, prevé: “Todas las candidaturas a cargos de gobierno y de representación política serán presentadas por organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente otorgada por el Órgano Electoral Plurinacional. En el caso de las candidaturas para la Asamblea Legislativa Plurinacional, en circunscripciones especiales indígena originario campesinas, también podrán ser postuladas por sus organizaciones”.

Sobre la inhabilitación de los candidatos, el art. 109 de la referida Ley, dispone: “Las candidaturas a cargos electivos nacionales, departamentales, regionales y municipales únicamente podrán ser inhabilitadas por incumplimiento de requisitos o por estar comprendidas en causales de inelegibilidad, y según procedimiento establecido en esta Ley”.