SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

II.3.

II.3.    El 20 de mayo de 2014, la Empresa accionante de tutela, presentó la impugnación contra la nota CITE: GERE-341/2014, argumentando que el contrato es un acuerdo de partes de cumplimiento obligatorio, por lo que solicitó se reconsidere la recisión del mismo y la restitución de las boletas de garantía, pues -a su criterio- cumplió el compromiso asumido, exponiendo sus razones en los puntos: 1) Fallas estructurales; 2) Se verifiquen los ítems de la planilla; 3) Del peritaje; y, 4) Muestrario fotográfico, que hacen alusión a hechos y observaciones sobre el material de la obra, supuestas falencias en el diseño y cálculo estructural del proyecto, inexistencia del ítem de ferradura u hormigón, la existencia de material que obstruía la evacuación de agua del rebalse; asimismo, solicitó un peritaje de la obra para demostrar que la Empresa Constructora NAIMSA cumplió con los términos y especificaciones de la misma, adjuntando fotografías para respaldar sus afirmaciones (fs. 383 a 387 vta.).