SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2016-S1

Fecha: 30-May-2016

III.4.Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente se evidencia que, el ahora accionante impetra se deje sin efecto el Auto de Vista citado, sin considerar que, en virtud a un anterior acción de amparo constitucional planteado contra el Auto de Vista 323 emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se emitió la Resolución 239/2015 de 21 de julio, dictada por la Sala Civil y Comercial Segunda de dicho Tribunal, concediendo la tutela impetrada y dejando sin efecto el Auto de Vista aludido; acción tutelar que fue objeto de revisión ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, que emitió la    SCP 1299/2015-S1 de 22 de diciembre determinando denegar la tutela y revocar la Resolución aludida supra, actuado que dejó subsistente el Auto de Vista 323, del cual emergió el Auto de Vista ahora impugnado mediante la presente acción tutelar, quedando sin efecto legal el Auto de Vista 213 de 10 de noviembre de 2015, objeto de la presente acción tutelar, por la denegatoria de la tutela impetrada.

         Por lo que, equivocadamente por esta acción de defensa, el impetrante de tutela pretende que, este Tribunal ingrese al análisis de una problemática que contiene identidad de sujeto, objeto y causa que en una primera oportunidad fue de conocimiento de esta instancia; de acuerdo a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no se puede revisar un tema ya resuelto por prevalencia de cosa juzgada constitucional.