SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2016-S1

Fecha: 30-May-2016

II.7.

II.7.  La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 163 de 27 de marzo de 2015, confirmó el Auto interlocutorio 97/14 de 2 de septiembre de 2014, haciendo una relación de los hechos, y explicando que el accionante no es parte del proceso, situación que no fue atacada específicamente en la apelación, cuando esta fue la causa base de la resolución del Auto Interlocutorio apelado, se hizo alusión a la SC 0731/2010-R de 20 de julio, que explica los presupuestos necesarios para que opere la nulidad, señalando además que el incidente es improcedente por ser inoficioso, además de haber presentado otro incidente de nulidad, a través de su representante legal (fs. 51 a 54).