SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0664/2016-S3

Fecha: 09-Jun-2016

vi)

vi)         La Resolución de Adjudicación señala que en el plazo otorgado “…el contribuyente no solicitó enmienda, complementación o aclaración al avalúo…” (sic), sin considerar que en la Resolución Normativa de Directorio 10-0008-14, no existe ningún procedimiento que hubiera permitido impugnar el mismo.

Sobre los puntos expuestos, corresponde señalar que la empresa ahora accionante ya presentó reclamo ante esta jurisdicción; como puede acreditarse de la revisión de antecedentes constando que, el 19 de diciembre de 2014, interpuso una primera acción de amparo constitucional, a cuyo efecto la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 106/2014, y a los fines de velar por los derechos y garantías constitucionales de las tantas personas que dependen de la propiedad objeto de remate, dispuso: