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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2016-S1

    Fecha: 15-Jun-2016

    II.1.

    II.1.  El 12 de enero de 2000, Eulogia Rocha Vda. de Duran mediante formularios técnicos 001946 y 002202, solicitó a la entonces Alcaldía Municipal de Cochabamba, por la sección que corresponda se fije línea municipal y nivel de sus lotes de terreno de su propiedad Sarcobamba, distrito 21 calle innominada (fs. 13 a 14).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • pero por otro lado a través del informe CITE: JURB TA No.- 233/14, manifiestan que la O.M. No.- 1061/91 se encuentra en vigencia, situación que impusimos el Recurso de Revocatoria ante la R.A.M. No. 158/2014 de fecha 03/12/2014,
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería.
    • 8. Petición”.
    • III.4.
    • CONFIRMAR

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