Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2016-S1
Fecha: 23-Jun-2016
Fragmento 3
La accionante, denuncia como lesionados sus derechos a la vivienda, a la propiedad privada, a la petición, a la igualdad en la aplicación de la ley, a una vejez digna, al debido proceso en su elemento fundamentación y motivación, y los principios de legalidad y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 19, 56, 67, 68, 115 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.4. El principio de legalidad
- legalidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- dejar nulo de pleno derecho
- REVOCAR