Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2016-S1
Fecha: 23-Jun-2016
II.1.
II.1. Mediante minuta EVA-IVS.AL0780/97 de 12 de mayo de 1997, protocolizada como escritura 2951/99 de 20 de septiembre de 1999, el ex FONVIS otorgó en calidad de venta real y transferencia definitiva a favor de María Mercedes Huarachi García, el lote de terreno 810, manzano 53, urbanización “ALTO CHIJINI” de El Alto del departamento de La Paz, en razón a que fue pagado el precio total (fs. 80 a 87 y 105 a 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.4. El principio de legalidad
- legalidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- dejar nulo de pleno derecho
- REVOCAR