Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2016-S1
Fecha: 23-Jun-2016
III.4. El principio de legalidad
El principio de legalidad, constituye una garantía constitucional que limita la actuación del Estado y elimina la arbitrariedad. En un Estado Constitucional de Derecho, como es el caso boliviano, el principio de legalidad, rige para todos los órganos del Estado, incluyendo el legislativo, cuyo accionar debe sujetarse a los preceptos constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- III.4. El principio de legalidad
- legalidad
- III.5. Análisis del caso concreto
- dejar nulo de pleno derecho
- REVOCAR