Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S3
Fecha: 22-Jun-2016
a)
Solicitan se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) Que los ahora demandados se pronuncien de manera fundamentada respecto a las impugnaciones presentadas el 16 de diciembre de 2015, sobre las seis preguntas como son la “…54, 58, 66, 72, 39, y 29…” (sic), y consecuentemente incluirlos en la nómina de aprobados a fin de que los mismos se inscriban en la Carrera de Derecho; b) A fin de que los agravios sean reparados oportunamente, los hoy demandados emitan a la brevedad posible las resoluciones correspondientes; y, c) Se conmine al resarcimiento de costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR