Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S3
Fecha: 22-Jun-2016
II.4.
II.4. A través de oficio de 16 de diciembre de 2015, la postulante Cristina Viviana Choque Alanoca -ahora coaccionante- impugnó el examen ante el Director hoy codemandado, contra las preguntas que no eran entendibles como la 25, 29, 31, 54, 66, 68, 70 y 76, pidiendo que se tome en cuenta las preguntas erradas y aumente su nota final (fs. 17 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR