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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S3

    Fecha: 22-Jun-2016

    II.7.

    II.7.    Cursan Calificaciones del Examen Prefacultativo más impugnación, señalándose en las preguntas 4, 9, 15, 51, 56, 59, 68,75, 90 y 97 que “Este punto ya fue concedido con anterioridad al proceso de impugnación” (sic), mientras que en las preguntas 25, 70 y 100 se dispuso “HA LUGAR A LA OBSERVACIÓN. Se concede el punto” (sic). En el resto de las preguntas consta haberse resuelto “NO HA LUGAR LA OBSERVACIÓN…” (sic) (fs. 33 a 36).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 8
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 19
    • CONFIRMAR

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