Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S3
Fecha: 22-Jun-2016
Fragmento 19
La relación expuesta lleva a determinar a esta Sala que la presente acción tutelar interpuesta por los hoy accionantes, inobservó el principio de subsidiariedad que uniforma a esta acción de defensa, al no haber activado de manera idónea los mecanismos de impugnación que le concedía la jurisdicción administrativa universitaria, aspecto que impide a la justicia constitucional efectuar un pronunciamiento sobre el fondo de la problemática planteada; por lo que, corresponde denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR