Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0668/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 38/2016 de 8 de julio, cursante de fs. 1186 a 1190, pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Ruth Pérez Zapata, Eliseo Santos Ochoa Urquizo, Richard Durán Chuquimia, Rubén Bernardo Lafuente Romero, Ingrid Davezies Martínez
- Juan Carlos Guzmán Ruíz, Rubén Ramos Marín
- Carlos Yamir Cuevas Urquiola, Gerente de GRACO La Paz
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.3. Mecanismos de impugnación específicos en materia tributaria
- el recurso jerárquico, como el medio idóneo y efectivo de impugnación para quien considere que la resolución que resuelve la alzada
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR