SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

el juzgador que conoce la causa por efecto de la excusa

En ese contexto, del análisis doctrinal de la norma legal citada, se ha señalado que “(…) el juzgador que conoce la causa por efecto de la excusa puede considerar que el anterior juez no tiene causal alguna para separarse del proceso; por tanto, la considera  ilegal o infundado, en tal razón tiene todo el derecho de observar la excusa para que un tercer juzgador resuelva quien tiene la razón sobre este polémico caso.