Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.5.
II.5. El Juez Público Civil y Comercial antes citado, por Auto de 18 de febrero de 2016, en previsión del art. 353.II con relación a los arts. 349 y 350 del CPC, estimó como ilegal la resolución de allanamiento de la recusación pronunciada por su similar Segundo, ordenando que en el día se eleve en consulta los antecedentes ante el superior en grado -Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí- (fs. 15 vta. a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- Fragmento 14
- III.2. En cuanto a la excusa observada
- el juzgador que conoce la causa por efecto de la excusa
- observar la excusa
- III.3. Análisis del caso concreto
- se allanó a la recusación formulada
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en todo