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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2016-S3

    Fecha: 09-Ago-2016

    II.4.

    II.4.  Angélica Portillo Cussi de Cáceres -hoy accionante- presentó nota de 7 de marzo de 2016, al Gerente General del SELA Oruro -hoy demandado-, solicitando se deje sin efecto el corte al suministro de agua potable a su vivienda, ubicada “…en la calle Antonio Díaz Villamil entre U y calle V-N de la ciudad de Oruro…” (sic [fs. 7]), que fue reiterada por nota de 11 de igual mes y año (fs. 3).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El derecho de acceso al servicio básico de agua potable
    • los servicios básicos como responsabilidad del Estado en todos los niveles de gobierno de manera directa o mediante contratos con empresas privadas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • III.2.1. Consideraciones previas
    • en quien recae las consecuencias jurídicas de la resolución o acto de la autoridad o persona que se impugna en la acción de amparo es precisamente, el titular de los derechos subjetivos
    • el afectado acredite objetivamente el acto lesivo a producirse o que fuere consumado
    • III.2.2. Caso concreto
    • salvo casos de fuerza mayor o emergencias
    • CONFIRMAR

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