SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2016-S3

Fecha: 22-Ago-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las accionantes alegan la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la salud y a la seguridad social, señalando que cumplieron funciones en la empresa EMAVERDE -hoy demandada- durante varios años; sin embargo, sin considerar que ambas tienen problemas de salud, así como haber suscrito varios contratos sucesivos a plazo fijo y colectivos no permanentes, que adquirieron carácter de contratos indefinidos, el 30 de junio de 2015, se les comunicó que ya no continuarían trabajando en la empresa demandada referida, por lo que acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de la Paz, y luego del proceso realizado en dicha instancia, se emitieron las Conminatorias MTEPS/J.D.T.L.P. 53/2015 y MTEPS/J.D.T.L.P. 55/2015, disponiendo su reincorporación laboral al mismo puesto que ocupaban, más el pago de salarios y otros beneficios sociales; empero, a pesar de haberse notificado a la empresa demandada, las mismas no fueron cumplidas.