SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2016-S3

Fecha: 24-Ago-2016

III.3.4.

III.3.4. Sobre la lesión del derecho a la defensa, es necesario tener presente que “ECLA LTDA.”, en ninguna etapa del proceso administrativo estuvo restringida del ejercicio de este derecho; toda vez que, como contribuyente hizo uso de los medios de impugnación y defensa que la ley permite, tales como el recurso de alzada, constituyendo un acto de voluntad propia el no haber activado el recurso jerárquico, no obstante de haber sido notificado con la decisión de alzada. Consiguientemente, en relación a la vulneración de este derecho, no se evidencia que se le haya suprimido o restringido.

Finalmente, en relación a la lesión del derecho a la igualdad, la acción de amparo constitucional no establece ni identifica los hechos, a través de los cuales se pueda efectuar la contrastación correspondiente, por lo que no concierne análisis alguno respecto a la presunta violación de tal derecho.