Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 17. VIGENCIA DEL DERECHO AUTONÓMICO.

El ordenamiento jurídico y administrativo municipal es la expresión material y formal de la cualidad normativa del Gobierno Autónomo Municipal de Irupana emergente de su capacidad autonómica de crear su propio derecho, a través de dictar sus propias normas jurídicas y administrativas dentro de los límites establecidos por la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías Descentralización, a efectos de organizar la convivencia pacífica y armónica de sus habitantes y cumplir con los fines políticos encomendados por el Estado Plurinacional Autonómico”.