Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 74. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

V. Toda denuncia contra las servidoras y servidores públicos municipales, deberá hacerse en forma escrita y adjuntando documentos respaldatorios de la denuncia si los hubiera. La denuncia debe cumplir los siguientes requisitos: Debe ser clara, concreta y precisa con relación a los hechos, tiempos, lugares y personas involucradas. Debe especificar las normas o reglamentos infringidos”.