SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes, consideran que se han lesionado sus derechos a la estabilidad laboral, toda vez que habiendo sido contratados por el SEDECA de Tarija, a través de varios contratos a plazo fijo, y luego de asignarles ítem, entendiendo que equivale a un contrato indefinido, se les comunicó sobre la prescindencia de sus servicios a través de un preaviso, sin tomar en cuenta que son trabajadores que desempeñan funciones bajo tuición de la Ley General del Trabajo y que no existía ninguna causal de despido, por lo que habiendo recurrido a la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se emitieron las respectivas Conminatorias de Reincorporación J.D.T.T 155/16 y J.D.T.T 156/16, las cuales hasta la fecha no han sido cumplidas.