SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian que las autoridades demandadas lesionaron el debido proceso como derecho y garantía, en su componente de derecho a la defensa, equidad e igualdad jurídica de las partes, así como el derecho a la propiedad privada, por cuanto en el Auto de Vista de 28 de agosto de 2015, que emitieron confirmando el Auto de 22 de diciembre de 2014, que a su vez rechazó el incidente de suspensión de subasta y remate, asumen una posición excesivamente ritualista porque no se consideró que el informe de avalúo base de la subasta se encontraba desactualizado y que los argumentos relativos a la preclusión procesal, la aparente convalidación de actos irregulares y la aplicación del principio del non bis in ídem, reflejan inconsistencia, razón por la cual solicitaron a través de esta acción tutelar se anule dicho Auto de Vista y se ordene la emisión de una nueva resolución en la que se “respeten lineamientos de interpretación” (sic).