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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2016-S2

    Fecha: 12-Sep-2016

    I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado

    Denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación y a la verdad material citando para el efecto los arts. 115 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
    • 1)
    • i)
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • explicará de manera clara, sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales
    • debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma,
    • el principio de congruencia
    • III.2.
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • REVOCAR en todo

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