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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2017-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2017-O

    Fecha: 23-Ene-2017

    II.9.

    II.9.    Por Auto de 24 de marzo de 2016, Alaín Nuñez Rojas, Vocal de la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió rechazar lo ordenado en la Resolución de 5 de agosto de 2015      (fs. 2428 y vta.).

    • Viviana Carmen Aravena Salazar
    • a)
    • II.1.
    • II.2
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.1.  Ejecución de una Resolución Constitucional con calidad de cosa         juzgada en acciones tutelares
    • el Tribunal de garantías tiene el deber de asegurar que las decisiones del máximo intérprete de la Constitución Política del Estado sean cumplidas sin ninguna demora
    • III.2. Sobre el carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales
    • III.3.  Análisis de la denuncia
    • escritura pública 824/2007
    • acta de embargo
    • 1)
    • reparar
    • HABER LUGAR

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