Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
II.2.
II.2. El 9 de abril de 2017, en el Centro de Potrerillo, perteneciente a la comunidad de Pampa Grande del Cantón Tariquía de la Provincia Arce del departamento de Tarija, “Se reunieron autoridades”; y, determinaron la realización de una marcha de rechazo a la exploración y explotación hidrocarburífera y la Represa Cambarí (además efectuando demandas como electrificación, caminos carreteros y otros), encontrándose de acuerdo las comunidades de San Pedro, Volcán Blanco, Motovi, Pampa Grande, Puerto Rueda, San José, Acherales y Chillaguatas (fs. 12 a 14).
- Francisco Romero López
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- medio ambiente
- III.2. El problema jurídico en la acción popular y su delimitación
- 1) El acto lesivo
- 2) Los derechos fundamentales o garantías constitucionales restringidos, suprimidos o amenazados de ser restringidos o suprimidos
- nexo o relación de causalidad entre los hechos expuestos, los derechos supuestamente vulnerados, y el petitorio
- b) Otros derechos de similar naturaleza
- c) Otros derechos incluso subjetivos por estar relacionados o vinculados con los derechos expresamente referidos por el art. 135 de la CPE o con los implícitos referidos por la cláusula abierta
- aceptando como suficiente los hechos expuestos
- III.4. Análisis del caso en concreto
- elementos que deben estar vinculados entre sí
- relativa a la creación de la norma legal objetada
- CONFIRMAR