Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian como vulnerado su derecho de petición, toda vez que la parte demandada no dio respuesta a las notas presentadas el 1 de junio de 2017 donde solicitaron la posesión en el cargo ganado en el Concurso de Méritos y Examen de Competencia dentro de la Convocatoria 1 “A Concurso de Méritos y Examen de Competencia para el cargo de Médico, Odontólogo, Licenciado En Enfermería, Bioquímica y Farmacia, Nutricionista Fisioterapeutas en la Modalidad Abierto Departamental”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Reitero que nos encontramos entregando los memorándums a los ganadores del concurso señalados en la presente nota
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho de petición
- cuenta con los mecanismos de solicitud y, en su caso, impugnación idóneos para hacer valer sus derechos en el marco del trámite del que se trate
- recepcionadas el 13 del señalado mes y año
- 13 de ese mes y año
- CONFIRMAR