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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1112/2017-S1

    Fecha: 12-Oct-2017

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante a nombre de su hijo Jhamil Josué Gozalvez Marín, acusa la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes, fundamentación, motivación y congruencia, así como al principio de legalidad, citando al efecto los arts. 7, 16.II, 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la fundamentación, motivación y congruencia de las decisiones, como elementos esenciales del debido proceso
    • La jurisprudencia constitucional es uniforme al determinar que el debido proceso se constituye en un derecho/garantía/principio de orden general y complejo, a su vez compuesto por los siguientes otros derechos y garantías:
    • Derecho a la motivación, fundamentación y congruencia en las resoluciones
    • III.2. La protección constitucional reforzada de los derechos de las personas pertenecientes a sectores en condiciones de vulnerabilidad
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • III.3.  Sobre el derecho de las personas con discapacidad
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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