Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos al trabajo, a la inamovilidad y estabilidad laboral, a la seguridad social, a la salud y a la vida, toda vez que siendo Contador de la empresa INMAGRO GAMALIEL S.A., fue despedido de manera verbal, sin que concurra ninguna de las causales descritas en los arts. 16 de la LGT o 9 de su Decreto Reglamentario y pese a ser padre progenitor de un niño menor a un año de edad, además de que la citada Empresa, no lo afilió a ningún seguro de salud ni realizó sus aportes a la AFP, incumpliendo también otros beneficios sociales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el trabajador cesado, solicita su reincorporación habiendo optado previamente por el cobro de sus beneficios sociales, incurre en una pretensión que no puede ser amparada por la justicia constitucional
- si la trabajadora o el trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales, se entiende que está de acuerdo con su desvinculación laboral;
- III.2. Análisis del caso concreto
- en el cual el accionante declaró que a la citada fecha recibió a su entera satisfacción
- II.
- el accionante antes de acudir a esta acción de defensa no optó por su reincorporación a su fuente de empleo, sino por cobrar el monto correspondiente a sus beneficios sociales
- no estar de acuerdo con el monto establecido
- REVOCAR