SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2017-S3

Fecha: 31-Oct-2017

III.1.- VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO EN SU COMPONENTE DE APLICACIÓN OBJETIVA DE LA LEY

De acuerdo a la jurisprudencia constitucional expuesta en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el análisis y revisión de la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia está restringida al vínculo de los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa argumentativa desarrollada por la autoridad judicial, permisión excepcional que no faculta a la justicia constitucional a asumir un rol casacional, impugnaticio o supletorio de la actividad de los jueces. Precisamente, en el caso presente se denuncia: “III.1.- VULNERACIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO EN SU COMPONENTE DE APLICACIÓN OBJETIVA DE LA LEY” (sic); empero, en la argumentación se parafrasea un fragmento de la decisión cuestionada como vulneradora que es inherente a “…cuales serían las pruebas sobre las cuales no se hubiere realizado una adecuada valoración tampoco señala cual sería la forma en la que se hubiere realizado la incorrecta valoración y cuál debería ser el valor probatorio que debería haberle otorgado a cada una de esas pruebas aportadas…” (sic), siendo evidente la falta de uniformidad en el argumento antes señalado, que inicialmente denuncia incorrecta aplicación normativa u objetiva de la ley y luego se refiere a una errónea valoración probatoria concluyendo afirmando que ante el incumplimiento de requisitos debió declararse la improcedencia del recurso casación, argumentación que al ser confusa, insuficiente, carente de uniformidad y propia de un recurso ordinario o de la jurisdicción agroambiental al estar vinculada a una etapa de admisión del recurso referido que bien pudo ser cuestionado mediante los mecanismos procesales normativamente previstos, no permite a la justicia constitucional ingresar a considerar la vulneración denunciada.