SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
II.8.
II.8. Memorándums 033/2017 de 24 de abril, por el cual se llama severamente la atención a Roxana Fernández, por incumplimiento total o parcial del convenio laboral (art. 16 LGT), a quien se le quiso entregar y se rehusó firmar en presencia del testigo y Memorándums 034/17 de 24 de abril, por la cual se le realizo una severa llamada de atención por faltar el respeto a su compañera de trabajo y actos de discriminación, quien de igual forma se rehusó a firmar en presencia del testigo, la llamada de atención mencionada anteriormente obedeció a una nota de 21 de abril de 2017 por el cual Judith Quiroga Taboada hizo conocer los actos de discriminación, burla y daño psicológico hacia su persona por su apariencia física denunciando entre otras a la ahora accionante ( fs. 86 a 87).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.2. El fuero sindical
- Consecuentemente, se puede establecer que el fuero sindical es aquel conjunto de medidas destinadas a brindar protección a todos aquellos que conforman un sindicato contra cualquier acto que pueda constituir un perjuicio a su normal desarrollo en la actividad sindical y comprende la prevención, el control y la reparación de los actos antisindicales
- III.3. Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Protección al Trabajador
- caso en el cual el trabajador afectado puede optar acudir a la vía judicial ordinaria o a la jurisdicción constitucional, para el restablecimiento de su derecho al trabajo.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 30
- denegado
- REVOCAR en todo