DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2017

Fecha: 15-Nov-2017

V.

V. Las normas del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz serán de aplicación preferente en su territorio y, en caso de conflicto normativo  con la legislación del Estado o de otra entidad territorial, prevalecerán mientras no recaiga resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional  sobre el asunto. Cuando no exista norma departamental se aplicará supletoriamente la legislación del nivel central del Estado, siempre y cuando fuera anterior a la Constitución Política del Estado y estuviese vigente.

V. La asignación, transferencia o delegación de competencias deberá ser ratificada por las entidades territoriales implicadas. En el caso del Gobierno Autónomo  Departamental de Santa Cruz, la ratificación será válida cuando la apruebe la Asamblea Legislativa Departamental mediante ley, en la que necesariamente establecerá el costeo competencial de los servicios y programas asignados, traspasados o delegados”.

V. La transferencia o delegación de competencias deberá ser ratificada por las entidades territoriales implicadas. En el caso del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, la ratificación será válida cuando la apruebe la Asamblea Legislativa Departamental mediante ley, en la que necesariamente establecerá el costeo competencial de los servicios y programas asignados, traspasados o delegados”.