Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0011/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
Fragmento 12
De acuerdo con la norma trascrita –vigente durante la tramitación del proceso en cuestión–, tanto los Jueces, Tribunales de alzada y de casación tienen en común el cumplimiento de deberes orgánicos dentro de los procesos sujetos a su conocimiento y por lógica consecuencia dentro de la labor de administración de justicia, con la finalidad de que las partes que intervienen puedan acceder a una justicia pronta y oportuna, relievando que uno de ellos está dirigido a cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Respecto del derecho al debido proceso
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Respecto al principio de seguridad jurídica
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto al incumplimiento de los arts. 198 del CPC
- CONFIRMAR en todo