SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0011/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
Fragmento 14
En ese sentido, la SC 0119/2003-R, de 28 de enero, sobre el derecho al debido proceso señalo lo siguiente: ‘…comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos (…) Se entiende que el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el Constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales…’ (las negrillas nos pertenecen).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Respecto del derecho al debido proceso
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Respecto al principio de seguridad jurídica
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.2. Análisis del caso concreto
- En cuanto al incumplimiento de los arts. 198 del CPC
- CONFIRMAR en todo