SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0011/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0011/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

Fragmento 27

           En función a la revisión previa del cumplimiento de los principios de subsidiariedad e inmediatez por parte de la accionante; se tiene que el  art. 518 del CPC, estableció durante su vigencia que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia, únicamente podrían ser apeladas en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior; en virtud a lo cual cabe anticipar que cumplió el requisito de subsidiariedad; toda vez que, el Auto de Vista 83/15 de 3 de julio de 2015 –ahora impugnado– y pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituye un recurso de última instancia, de lo cual se infiere la inexistencia de cualquier otro recurso pendiente, por lo que se establece que se produjo el agotamiento de la vía legal dispuesta por ley.