SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante sostiene que se lesionaron sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia, señalando que los Vocales ahora demandados a momento de emitir el Auto de Vista 218-16 de 24 de junio de 2016, a través del cual resolvieron confirmar las providencias de 16 de diciembre de 2015, no consideraron que ya cursaba en el proceso una liquidación aprobada (fs. 201) a partir de la cual, efectuó un depósito cancelando el capital, los intereses, los gastos judiciales y los honorarios profesionales, solicitando con ello el sobreseimiento del juicio; sin embargo, el Juez hoy codemandado condicionó dicha petición a la emisión de la resolución que resuelva el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de aprobación de remate de 27 de abril de 2015, considerando de manera errónea una segunda liquidación (fs. 260 y vta.), señalando de manera equivocada que cuando efectivizó el mencionado depósito, ya se había dictado el auto de adjudicación.