AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2017-O

Fecha: 10-Mar-2017

v)

v) Sobre el alegato referido a que la Sentencia sería extra petita y nula por el hecho de haber derivado la calificación de daños y perjuicios ante el Juez en materia penal, constituyendo ello en una incoherencia dispositiva al no haber sido solicitado por la parte interesada, cabe señalar que dicho vicio expuesto por el demandante-recurrente, afectaría a la acción reconvencional presentada por la parte demandada, no contando con la necesaria legitimación para reclamar tal aspecto, al no estar determinado el perjuicio que hubo sufrido el recurrente con el supuesto vicio que en todo caso afecta derechos de la otra parte.