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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2017-S3

    Fecha: 06-Mar-2017

    II.4.

    II.4.  A través de la acusación formal presentada el 2 de diciembre de 2016, a horas 8:50, Gustavo Adolfo Ríos Guaygua, Fiscal de Materia -hoy codemandado-, acusó formalmente a la ahora accionante y otros, solicitando la remisión del caso al Tribunal de Sentencia Penal de turno a objeto del desarrollo del juicio oral, público y contradictorio, de conformidad a lo establecido en el art. 325 del CPP (fs. 796 a 798 vta.).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • Consiguientemente
    • III.3.  El principio de celeridad y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
    • hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
    • respecto a la actuación de los Fiscales codemandados
    • En relación a la actuación de la Jueza codemandada
    • Respecto a los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz
    • III.5.   Otras consideraciones
    • denegar
    • 2°    Llamar la atención

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