SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal instaurado en su contra, por la presunta comisión de los delitos de estafa, manipulación informática y otros, el 12 de diciembre de 2016, la Jueza de Instrucción Penal Segunda de la Capital del departamento de La Paz  -hoy demandada- determinó su detención preventiva en el Centro Penitenciario “San Pedro de Chonchocoro” de La Paz, el cual es para personas que cuentan con Sentencia ejecutoriada, siendo un penal de máxima seguridad, y como lo explicó Ramiro Llanos, ex Director de Régimen Penitenciario, el 18 de julio de 2013, se habilitó una sección para detenidos preventivos por delitos graves, como ser asesinato y violación, durante seis meses, tiempo en el que se prevé que la justicia dictará Sentencia, y en caso de no hacerlo y vencido el plazo, los detenidos serán trasladados a la cárcel de Patacamaya, además, en su caso se lo procesa por un delito común, por lo que el estar en un lugar de máxima seguridad lo deja en un estado de alerta y preocupación por su salud y seguridad.

En razón a lo manifestado, solicitó la cesación de la detención preventiva, desvirtuando los riesgos procesales que se encontrarían latentes, señalándose a tal efecto audiencia para el 21 de diciembre de 2016, a horas 15:30, por cuanto al asistir al Juzgado en el que radica la causa se percató de que no se encontraban transcritas ni el acta de audiencia cautelar como tampoco la Resolución de 12 de igual mes y año, y el acto procesal fijado para el horario mencionado supra, no fue instalado.

Alegó que, pese a que cumple con lo dispuesto por la Jueza de instrucción -ahora demandada-, la misma busca cualquier mecanismo indebido para que permanezca recluido en el Centro Penitenciario de “San Pedro de Chonchocoro” de La Paz y que no pueda ser favorecido con la instalación de la audiencia de cesación de la detención preventiva.