SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

III.4. Análisis del caso concreto

         De la revisión de los antecedentes y Conclusiones desarrolladas en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se evidencia que el accionante hubiese sido designado por periodos de tiempo determinado como docente a dedicación exclusiva en la Carrera de Comunicación Social perteneciente a la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la UMSS de Cochabamba; el primero de ellos, aprobado por Resolución Facultativa R.R. 706/13 de 25 de octubre de 2013, por el lapso comprendido entre el 9 de septiembre al 20 de diciembre de idéntico año; el segundo, consolidado por Resolución Facultativa R.R. 181/14 de 28 de marzo de 2014, del 6 de enero al 20 de diciembre de igual año; y, por último, por Resolución Facultativa R.R. 172/15 de 8 de abril de 2015, del 5 de enero al 31 de diciembre de 2015; una vez concluido este periodo académico, los ahora demandados prescindieron de sus servicios a principios del 2016; siendo nuevamente designado como docente invitado por Resoluciones del Consejo Facultativo 286/2016 y 287/2016 ambas del 9 de junio, emitidas por la citada Facultad, en la asignaturas de Teoría de la Comunicación II y Lógica de la Carrera de Comunicación Social del 16 de mayo a 15 de julio de 2016 y posteriormente por Resoluciones de Consejo Facultativo 469/2016 y 473/2016 las dos de 1 de septiembre, en las citadas materias y Carrera por el tiempo comprendido entre el 18 de agosto al 23 de diciembre de 2016, esta última a instancia de la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/131/2016, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba.