Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2017-S3
Fecha: 10-Mar-2017
b)
b) En cuanto a que la Jueza codemandada no fundamentó su resolución, limitándose a enunciar y enumerar la prueba, permitiendo que se ventile un proceso de desalojo de inmueble, sin determinar con precisión su ubicación con el plano respectivo, dicha pretensión resulta absurda porque no se está litigando mejor derecho de propiedad o la reivindicación, sino de desalojo de una tienda arrendada mediante un contrato con reconocimiento de firmas;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- únicamente la conclusión
- c
- III.2. Análisis del caso concreto
- 4)
- 6)
- 8)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- d)
- CONFIRMAR