SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

Fragmento 19

Al respecto la autoridad demandada mediante informe escrito presentado ante esta jurisdicción refirió que conforme a la Circular 10/2016-S.P.-TDJLP (fs. 18 y vta.) el plazo para remitir los antecedentes del proceso penal con detenido al juzgado de turno -por vacación judicial- concluiría el 30 de noviembre de 2016, siendo el mismo día en que se llevó adelante la audiencia de cesación de la detención preventiva; y, remitido al Juzgado de turno, debió continuar con el trámite de apelación en los plazos establecidos por ley.