Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2017-S3
Fecha: 17-Mar-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La accionante considera lesionados sus derechos a la vida, a la salud de su hija, al trabajo con una remuneración o salario justo, a la estabilidad laboral “…el derecho de las personas con discapacidad…” (sic) y a la continuidad laboral, citando al efecto los arts. 46.I.1, 48.III, 49.III, 70.1 y 4, 71 y 72 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- inamovilidad laboral, este derecho en la circunstancia particular solo alcanza hasta la conclusión del plazo del contrato, pues no es posible que una relación eventual en el servicio público, pueda convertirse en indefinida, razón por la cual en el presente caso, no es posible conceder la tutela reclamada;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR